Objetivo:  

Este artículo tiene como objetivo principal proporcionar información detallada y completa sobre el manejo de pensionados en nuestra plataforma. Al hacerlo, garantizamos que los usuarios comprendan plenamente cómo utilizar esta funcionalidad, facilitando así la experiencia en la gestión de pensionados.


Alcance / Limitaciones: 

El alcance se extiende a nuestros usuarios en Buk Colombia, especialmente a los perfiles administrativos responsables del pago de nómina y seguridad social a través de nuestra plataforma. 


Definiciones:  

  • ¿Qué es la pensión? La pensión comprende un beneficio económico que recibe una persona, bien sea por vejez, donde asegura un ingreso en el futuro, por invalidez en caso de sufrir un accidente de origen no laboral que le impida continuar laborando y finalmente la pensión de sobrevivientes, donde se protege a la familia con un ingreso en caso que la persona fallezca. 

  • ¿Qué es el pensionado? Es la persona que recibe una pensión del seguro social adquirida en virtud de sus propios aportes en calidad de trabajador cotizante. 

  • ¿Cuál es la edad para pensionarse? Mujeres 57 años / Hombres 62 años.



Proceso en Plataforma Individual: 

Una vez ingresados los datos personales y previsionales de tu nuevo colaborador o si deseas editar el trabajo de un colaborador actual, debes llenar la siguiente información: 

  • Tipo de Contrato: Debes seleccionar la opción “Pensionado”. 

  • Tipo de Pensión: Al seleccionar el tipo de contrato “Pensionado” se abre una opción donde debes indicar el “Tipo de Pensión”. Selecciona el tipo de pensión que corresponde a tu colaborador, a continuación te detallamos los tipos disponibles en Buk:

Codigo PILA

Tipo de Pensión

02

Sobrevivencia vitalicia riesgo común

03

Sobrevivencia temporal riesgo común

04

Sobrevivencia temporal riesgo común. Cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos

08

Invalidez riesgo común

10

Jubilación

11

Jubilación para compartir

12

Sanción o Sentencia Judicial

13

Convencional

14

Convencional para compartir

20

Sentencia judicial

21

Conciliaciones


  • Tipo de Pensionado: De acuerdo al Tipo de Pensión seleccionado, se debe indicar el “Tipo de Pensionado”.Cada tipo de pensión tiene definido sus propios tipos de pensionados, de acuerdo a las siguientes tablas. 


Codigo PILA

Tipo de Pensionado

1

Pensionado del Régimen de Prima Media. Tope máximo de pensión de 25 SMMLV

5

Pensionado por el empleador, con tope máximo de pensión de 25 SMLMV

6

Pensionado por el empleador, sin tope máximo de pensión

9

Beneficiario UPC adicional



Código

Tipo de Pensión

Tipo de Pensionado que Aplica

1

5

6

9

02

Sobrevivencia vitalicia riesgo común

X

X

X

X

03

Sobrevivencia temporal riesgo común

X

X

X

X

04

Sobrevivencia temporal riesgo común. Cónyuge o compañera (o) menor de 30 años sin hijos

X

X

X

X

08

Invalidez riesgo común

X

X

X

X

10

Jubilación


X

X

X

11

Jubilación para compartir


X

X

X

12

Sanción o Sentencia Judicial


X

X

X

13

Convencional


X

X

X

14

Convencional para compartir


X

X

X

20

Sentencia judicial

X

X

X

X

21

Conciliaciones

X

X

X

X



  • Pensión Compartida: En caso de indicar que Tipo de Pensión sea 10. Jubilación o 13. Convencional debes indicar si existe una pensión es compartida, es decir, que el pago se reparte entre el empleador y Colpensiones. Cabe destacar que esto no afecta el cálculo de pensión en el comprobante de pago, sino que se relaciona en la PILA.  


  • Porcentaje Aporte CCF Pensionado: Los pensionados tienen cierta flexibilidad al contribuir a la caja de compensación. Si reciben una pensión menor o igual a 1,5 SMMLV, puedes optar por aportar o no, eligiendo entre los porcentajes válidos de 0,6% o 2%. Para aquellos con una pensión superior a 1,5 SMMLV, el aporte es obligatorio y puede ser del 0,6% o del 2%.



  • Porcentaje Salud Empleador: Este aporte se calcula de acuerdo a la cantidad de SMMLV que reciba la persona en su pensión, sin embargo, si como empresa tienes el beneficio de continuar descontando solo el 4% y asumir el restante,  puedes indicar el porcentaje a cubrir como empresa en el campo “Porcentaje Salud Empleador”, ten en cuenta, que este no puede ser mayor al porcentaje a aportar de acuerdo a la tabla que verás más abajo, es decir, si la persona devenga entre 1 SMMLV y hasta 2 SMMLV y le corresponde un aporte del 10%, puedes ingresar hasta 6% para descontar solo el 4%. 



Proceso en Plataforma Masivo: 

De igual manera, si quieres realizar la carga a varios colaboradores, puedes dirigirte a nuestro módulo lateral Información - Importadores - Importadores - Trabajos (Importador).


Descarga el template y diligencialo. En las instrucciones, puedes ver los tipos válidos de tipo de contrato, de pensión y pensionado, asegurate de escribirlos de la misma manera para evitar errores de carga. Cabe destacar que en este importador hacemos las mismas validaciones de tipos de pensionados y pensión compartida de acuerdo al tipo de pensión ingresado. Por último, haz clic en “Seleccionar archivo” para culminar el registro. 



Si ya tienes los colaboradores creados y deseas modificarlos de forma masiva, puedes dirigirte a nuestro módulo lateral Información - Importadores - Importadores - Trabajos (Modificador).

 

Selecciona todas las casillas relacionadas a pensionados (Tipo de Contrato, Tipo de Pensión, Tipo de Pensionado, Pensión Compartida, Porcentaje Aporte CCF Pensionado y  Porcentaje Salud Empleador). Descarga el template y diligencialo. En las instrucciones, puedes ver los tipos válidos de tipo de contrato, de pensión y pensionado, asegurate de escribirlos de la misma manera para evitar errores de carga. Cabe destacar que en este importador hacemos las mismas validaciones de tipos de pensionados y pensión compartida de acuerdo al tipo de pensión ingresado. Por último, haz clic en “Seleccionar archivo” para culminar el registro. 

 Si quieres revisar detalles de varios colaboradores, puedes hacerlo desde un exportador, a través de nuestro menú lateral en Información - Exportadores - Personalizados - Nómina. En la sección de "Trabajo" podrás encontrar todas las variables relacionadas



Al realizar el cambio, bien sea de forma individual o masiva, el colaborador tendrá los siguientes cambios:

  • Salario: Lo que devengue el pensionado, ya no se ve como “Salario” sino como “Pensión de Jubilación”.

  • Vacaciones: como los pensionados no devengan vacaciones, de forma automática Buk oculta la pestaña de vacaciones y se deja de provisionar. 

  • Prestaciones sociales: los pensionados no devengan prestaciones, por lo que en el comprobante de pago el IBL Prestaciones se observa en 0 (cero) y se dejan de calcular las provisiones. 

  • Pensión: automáticamente se le deja de descontar pensión 

  • Fondo de Solidaridad Pensional: Se calcula de la siguiente manera:

    • Si su pensión se encuentra entre 10 y 20 salarios mínimos se descuenta el 1% (0,5% para solidaridad y 0,5% para subsistencia).

    • Si su pensión es mayor a 20 salarios mínimos se descuenta el 2% (1% para solidaridad y 1% para subsistencia).

  • Retención en la fuente: Los pensionados solo se le debe descontar retención en la fuente por lo que exceda de 1000 UVT, es decir, si el pensionado devenga 1.200UVT (56.478.000) sólo son gravables lo que excede de 1000, es decir 200UVT (9.413.000). Para poder realizar el respectivo cálculo, este valor se ubica en la misma tabla que se usa para los colaboradores con otro tipo de contrato. 

  • Nómina Electrónica: En nómina electrónica los pensionados se reportan “Tipo de Trabajador” 01-Dependiente y como “Subtipo de Trabajador” 01-Dependiente pensionado por vejez activo”. 

  • PILA: Se genera una planilla P para los pensionados. 


Módulos Requeridos:

  • Base: Esencial. 

Palabras Claves: 

Pensión, pensionado, pensión compartida, PILA. 


También te puede interesar:

Subtipos de Cotizantes





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