Objetivo

El módulo de Amonestaciones en Buk tiene como objetivo facilitar el registro y administración de faltas laborales de los colaboradores, aplicando sanciones según la gravedad de la falta, con el fin de corregir comportamientos inadecuados y mantener un ambiente laboral adecuado.


Alcance / Limitaciones: 

Este artículo es dirigido a todos los clientes Buk que deseen registrar las amonestaciones de sus colaboradores. Considera que actualmente en Buk este proceso no puede realizarse de forma masiva y las amonestaciones serán aplicables solo si la empresa cuenta con un Reglamento Interno que estipule la sanción de amonestación para faltas específicas. Sin este reglamento, la amonestación carecería de sustento legal. El sistema solo registra y administra las amonestaciones, pero no puede determinar si una falta justifica un despido. Esta decisión recae en el empleador y en algunos casos requiere la autorización del juez, se recomienda analizar la información e interpretarla con tu equipo legal de abogados.


Definiciones:  

  • Amonestación: Es una sanción verbal o escrita aplicada por el empleador cuando se incurre a una falta en las obligaciones laborales.


Sustento Legal y Aplicaciones: 

Las amonestaciones podrán aplicarse siempre y cuando en la empresa se tenga un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad que contemple en él la sanción de amonestación para una falta específica. Por el contrario, si el mencionado reglamento no existe, la amonestación sería improcedente por cuanto no existiría disposición legal que la sustente. Las empresas acuden a esta herramienta para sancionar, de manera oficial, una mala práctica por parte de sus colaboradores. Existen varios motivos, pero generalmente son por causa de violaciones de códigos internos o de la Ley Federal del Trabajo (LFT).


En Buk el módulo de Amonestaciones brinda al administrador la facultada de poder ingresar un registro de las faltas incurridas por los trabajadores debiendose escriturar de igual manera mediante una Carta de Amonestación para cumplir con el marco legal. Si cuentas con el módulo de Firma Digital y Gestión Documental podrás crear una plantilla a tu gusto y necesidades, en caso contrario, podrás subir el documento a la ficha del colaborador ya sea de forma individual o masiva. 


Proceso:

Para ingresar una amonestación, tienes dos opciones. La primera es desde la ficha del colaborador, en la sección de "Información General", donde encontrarás el apartado de "Amonestaciones". Allí, al hacer click en el botón "Agregar", podrás ingresar los siguientes datos: Fecha de la amonestación, nombre del amonestador, tipo de amonestación, grado de la falta y el detalle de la falta incurrida. Una vez que hayas ingresado todos los datos, simplemente presiona "Crear Amonestación" para guardar la información. En caso de que precises más campos, podrás configurar un atributo personalizado con entidad Amonestación para complementar la información. 






En Buk, se ha implementado un sistema de Grado de la Falta que permite ingresar tres niveles de acuerdo con la gravedad de la falta cometida. Estos niveles son: Advertencia, Leve y Grave, los cuales se identifican con colores distintivos: azul, amarillo y rojo, respectivamente. Al crear amonestaciones en la ficha, es sencillo identificar rápidamente la cantidad de amonestaciones por su grado de gravedad, gracias a tarjetas de colores que representan cada nivel.



Presionando sobre cualquier tarjeta podrás visualizar las amonestaciones creadas. En el recuadro que te figurará, podrás revisar el detalle de la amonestación, editarla o eliminarla. 



La segunda opción te permite ingresar la amonestación desde "Aministrativo" haciendo click en "Otros", allí encontrarás "Amonestaciones". Al seleccionarla, serás redirigido a un apartado donde visualizarás todas las amonestaciones previamente ingresadas. Si deseas agregar una nueva amonestación, solo tienes que hacer click en "Crear Amonestación". Se te presentarán los campos necesarios para ingresar la información. Una vez que hayas completado los datos, presiona el botón "Crear Amonestación" para registrar la amonestación. 



Ingresándola a través de cualquiera de las dos formas y una vez guardada, la amonestación será visible tanto en la ficha del colaborador como desde el módulo y la información podrá ser exportada a través de un exportador personalizado de ser necesario.


Consideraciones por País: 


  • Chile:

En Chile, una empresa a partir de 10 colaboradores está obligada a contar con un Reglamento interno, no obstante, el Cógido del Trabajo no estipula una cantidad mínima o máxima de amonestaciones necesarias para que un colaborador sea despedido, sin embargo, al acumular ciertas amonestaciones se estará señalando una falta de cumplimiento de responsabilidades estipuladas en el contrato por parte del colaborador pudiéndose inducir a una causa de despido. La DT señala que respecto a las cartas de amonestación que estas serám enviadas por el empleador con la finalidad de lograr un mayor rendimiento laboral, se menciona que estas comunicaciones no están prohibidas por la legislación laboral. Sin embargo, si contienen apercibimientos de aplicación de una causal de despido, solo proceden en caso de infracción a las obligaciones establecidas en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de la empresa. La aplicación de amonestaciones escritas solo procede en el marco del reglamento interno.


  • Colombia:

El empleador pudiese despedir al trabajador con tres llamados de atención, pero este tiene derecho a la defensa según el Código Sustantivo del Trabajo (CST). Las sanciones deben basarse en un reglamento y respetar el debido proceso. Si el despido con justa causa no garantiza el derecho a la defensa, el trabajador puede impugnarlo legalmente. Se deben respetar los principios de legalidad, defensa, contradicción, presunción de inocencia e imparcialidad en el proceso de despido.


  • México:

Las amonestaciones pueden surgir de alguna mala práctica durante la relación laboral, si se incurre a alguna falta que esté contemplada en el estatuto de trabajadores y esta no se corrige, el colaborador podrá ser suspendido sin sueldo según la gravedad de la falta.  En caso de ser reiterativo existe la posibilidad de poder producirse un despido. 


  • Perú:

En el Perú, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL) establece la facultad del empleador para imponer diversas sanciones por la comisión de faltas laborales. Estas sanciones pueden ser conservativas, que buscan corregir el comportamiento del trabajador, o extintivas, que llevan a la terminación del vínculo laboral. Entre las sanciones conservativas se encuentran la amonestación verbal y escrita, que suelen estar reguladas en el Reglamento Interno de Trabajo el cual permite regular las faltas leves y moderadas y establecer el procedimiento para su imposición siendo obligatorio para empresas más de 100 trabajadores.


Es fundamental que las faltas estén previamente determinadas para que los trabajadores conozcan las consecuencias de sus acciones. La potestad sancionatoria del empleador debe ejercerse dentro de los límites de la razonabilidad y respetando los derechos constitucionales y la dignidad del trabajador. 


Módulos Requeridos:

  • Base: Gestión de personas.


Configuraciones Generales Necesarias o Asociadas: 

Debes tener activa la Configuración General de "Habilitar Amonestaciones", en caso de no tenerla activa, puedes solicitarle a tu Jefe de Proyectos o al equipo de SAC activarla.




Fuentes de Información: 

LOS REQUISITOS PARA EL EJERCICIO VÁLIDO DE LA POTESTAD SANCIONATORIA DEL EMPLEADOR (De J. Espinoza Escobar). (s. f.). https://www2.trabajo.gob.pe

ORD. No4944/342. (s. f.). DT - Normativa 3.0. https://www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-86617.html

¿Puede el empleador amonestar por escrito al trabajador ante una acción de éste que él considere como impropia, improcedente o indebida? (s. f.). DT - Consultas. https://www.dt.gob.cl/portal/1628/w3-article-60274.html


Palabras Claves: 

Amonestación, amonestaciones, reglamento interno, sanción, falta grave, falta leve, advertencia, carta de amonestación, amonestamiento.


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